Ir directamente al contenido

Ficha de Subvenciones para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Subvenciones

Consulta Ilimitada de Ayudas y Subvenciones

Reciba alertas personalizadas con los sectores que le interesan y descárguese los documentos con todos los textos legales relativos a cada Subvención.

Cómo acceder al servicio de Ayudas y Subvenciones y de Información para Empresas

Inmediatamente recibirá un correo electrónico con sus claves de acceso a eInforma.

Una vez que se haya dado de alta, accederá a su menú de usuario donde podrá usar los siguientes productos descritos para el tipo de contratación de TARIFA PLANA SEMESTRAL.

  • Buscador de Subvenciones - Acceso a la subvención de su interés.
  • Alertas Email - Configure el tipo de alertas que quiere que le lleguen por e-mail. Con carácter general, sólo se permitirá la inserción de 3 Alertas como máximo por Usuario. Si se desea obtener un mayor número de alertas el Usuario deberá ponerse en contacto con nosotros.
  • Descarga de documentos - Consulte el texto legal asociado a la Subvención contratada.
  • Consultoría Online - Solicitar que le hagamos una consultoría para determinar las Ayudas que puede obtener en función de los Proyectos de Inversión y Gasto que tenga previstos.

Además podrá acceder a todos nuestros productos de Información Comercial, Financiera y de Marketing con datos sobre más de 7 millones de agentes económicos españoles.

Ayudas para el «Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma...
Título:
Objeto:Subvenciones para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Convoca:Disponible
Gestiona:Disponible
Plazos:Disponible
Beneficiario/s:
1.- Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta Orden:

1.1.- A la Línea de ayudas destinada a microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial, aquellas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Las empresas del sector del comercio que tengan la consideración de PYME, con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías). 

Se diferenciarán las siguientes categorías:

- Microempresa: Empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

- Pequeña empresa: Empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

- Mediana empresa: Empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

Cuando una empresa, en la fecha de cierre de las cuentas, constate que se han excedido en un sentido o en otro estos límites anuales, esta circunstancia solo le hará adquirir o perder la calidad de mediana o pequeña empresa, o de microempresa, si este exceso se produce en dos ejercicios consecutivos.

b) La PYME deberá de tener su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi.

c) La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), según lo establecido en la Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaria de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio. El alta efectiva en el CNAE debe coincidir o ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

d) Si se ejercen de manera simultánea actividades de comercio con otras que no tengan dicha consideración, el proyecto será subvencionable siempre y cuando la actividad principal ejercida sea la de comercio, en función del porcentaje de facturación.

Para la acreditación de los requisitos de los apartados a) y d), el solicitante deberá presentar la
declaración responsable que figura en el Anexo I de la presente Orden. No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere necesaria para su verificación.

1.2.- A la Línea de ayudas destinada a las asociaciones que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.

b) La asociación deberá de tener su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi.

c) Estén legalmente constituidas con anterioridad a la publicación de la Orden aprobatoria de estas bases reguladoras.

d) Agrupen al menos al 40 por ciento de socios cuya actividad se encuadre en alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

Para la acreditación del cumplimiento de este requisito, la asociación deberá presentar una declaración responsable conforme el modelo que figura como Anexo III del presente Decreto o certificado de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación correspondiente relativa a los datos de la entidad solicitante que figuran en el Censo de Asociaciones de Comerciantes y como mínimo la información solicitada en el mencionado anexo.

2.- No podrán ser entidades beneficiarias, aquellas que se dediquen a la producción, comercialización y financiación de armas, en cumplimiento de la Ley 14/2007, de 28 de diciembre, del País Vasco de Carta de Justicia y Solidaridad con los países empobrecidos.
Requisito/s:
Localización del Beneficiario:
Localización de acciones Subvencionables:Disponible
Ficheros disponibles:
.: Ver Resumen Completo .: Ver Organismos .: Ver Bases

Busque gratis Ayudas y Subvenciones


* Si desea buscar por varias palabras, sepárelas por coma



Subvenciones

Consulta Ilimitada de Ayudas y Subvenciones

Reciba alertas personalizadas con los sectores que le interesan y descárguese los documentos con todos los textos legales relativos a cada Subvención.

Cómo acceder al servicio de Ayudas y Subvenciones y de Información para Empresas

Inmediatamente recibirá un correo electrónico con sus claves de acceso a eInforma.

Una vez que se haya dado de alta, accederá a su menú de usuario donde podrá usar los siguientes productos descritos para el tipo de contratación de TARIFA PLANA SEMESTRAL.

  • Buscador de Subvenciones - Acceso a la subvención de su interés.
  • Alertas Email - Configure el tipo de alertas que quiere que le lleguen por e-mail. Con carácter general, sólo se permitirá la inserción de 3 Alertas como máximo por Usuario. Si se desea obtener un mayor número de alertas el Usuario deberá ponerse en contacto con nosotros.
  • Descarga de documentos - Consulte el texto legal asociado a la Subvención contratada.
  • Consultoría Online - Solicitar que le hagamos una consultoría para determinar las Ayudas que puede obtener en función de los Proyectos de Inversión y Gasto que tenga previstos.

Además podrá acceder a todos nuestros productos de Información Comercial, Financiera y de Marketing con datos sobre más de 7 millones de agentes económicos españoles.

eInforma
Consulta toda la información sobre Subvenciones para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi.